FALLOS DEL EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA Y CÁMARAS DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL
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ADMINISTRATIVO Z17807
ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD - OBJETO
La acción de inconstitucionalidad se encuentra regulada en los arts. 839 a 843 del C. P. C. y C., y tiene por finalidad la declaración de inconstitucionalidad de las leyes, decretos, ordenanzas, resoluciones o reglamentos que estatuyan en materia regida por la Constitución y que afecten directamente los derechos patrimoniales del querellante (art. 839). Se trata de una acción declarativa, y por ello, la pretensión se agota con la declaración de inconstitucionalidad de la norma considerada contradictoria con la Carta Magna, produciendo la inaplicabilidad de la ley, resolución, decreto, ordenanza o reglamento en la parte afectada por la declaración.-

ST 25314 S 29-06-2018, Juez LUGONES AIGNASSE (SD) CARATULA: SAAVEDRA EDUARDO FRANCISCO c/ CONCEJO DELIBERANTE DE LAS TERMAS DE RIO HONDO s/ JUICIO POR INCONSTITUCIONALIDAD - INCONSTITUCIONALIDAD
MAG. VOTANTES LUGONES AIGNASSE-ARGIBAY-HERRERA-LOPEZ ALZOGARAY-LLUGDAR
Expediente Nº18.900

ST 24248 S 14-05-2010, Juez ARGIBAY (OP) CARATULA: VILLAREAL,NORA MATILDE c/ MUNICIPALIDAD DE TERMAS DE RIO HONDO s/ JUICIO DE INCONSTITUCIONALIDAD
MAG. VOTANTES LLUGDAR-SUAREZ-ARGIBAY-RIMINI OLMEDO-JUAREZ CAROL
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