FALLOS DEL EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA Y CÁMARAS DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL
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ADMINISTRATIVO Z13191
ADMINISTRACION PUBLICA - REGIMEN POLICIAL. RETIRO OBLIGATORIO - REVISION JUDICIAL.
La Administración tiene la potestad de fijar la política a seguir para renovar funcionalmente los cuadros policiales, siendo uno de sus instrumentos operativos el retiro obligatorio con los derechos que correspondan a su personal al amparo de la legislación específica, atento a que el régimen policial requiere de una legislación específica si se considera las especiales características del accionar desplegado por su personal que tiene la enaltecedora y relevante función de resguardar el orden, la seguridad pública, la prevención y juzgamiento de ciertas faltas y la prevención del delito. El ejercicio de tales atribuciones no es revisable, en principio, por el Poder Judicial, salvo el caso de irrazonabilidad, arbitrariedad o lesión de derechos consagrados en la Constitución.

ST 25255 S 13-02-2017, Juez ARGIBAY (SD) CARATULA: JUAREZ JUAN ALBERTO c/ PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION - RECURSO CONT. ADMINISTRATIVO
MAG. VOTANTES ARGIBAY-HERRERA-LOPEZ ALZOGARAY-LUGONES AIGNASSE-LLUGDAR
Expediente Nº17.002

ST 23499 S 11-09-2007, Juez ARGIBAY (SD) CARATULA: CAMPOS ANIBAL OSCAR c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION
MAG. VOTANTES ARGIBAY-RIMINI OLMEDO-JUAREZ CAROL-LLUGDAR-SUAREZ
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