FALLOS DEL EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA Y CÁMARAS DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL
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PENAL Z25188
PRUEBA - SANA CRITICA.
El sistema de sana crítica permite a los jueces de mérito fundar el juicio de certeza sobre la conducta típica del imputado, gozando de total libertad para ponderar la prueba incorporada, siempre que en su confección se respeten las reglas del pensamiento humano, es decir, no se contradiga las reglas de la lógica, el sentido común, el conocimiento científico o aquellas que rigen el entendimiento humano. Tal tarea resulta constitucionalmente imprescindible, en tanto la base racional que exigen a las sentencias los arts. 1 y 18 CN, exige que las conclusiones fácticas a que se arribe no confronten con las exigencias de la sana crítica.
CON Art. 1 CON Art. 18

ST 25142 S 21-02-2018, Juez LOPEZ ALZOGARAY (SD) CARATULA: S. M. A. S. A. S. G. U. E. V. S. M. C. s/ CASACION CRIMINAL
MAG. VOTANTES LOPEZ ALZOGARAY-HERRERA-ARGIBAY
Expediente Nº18.591
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